Saltar al contenido

Residencia por Arraigo 2024

Si vives en España y aún no tienes tu permiso de residencia, el arraigo es una opción para ti.

 

El arraigo es una vía especial para obtener la residencia en España, destinada a personas extranjeras que han establecido vínculos sólidos en el país a través de diversos medios.

Este tipo de permiso reconoce las circunstancias personales y la integración de los solicitantes en la sociedad española. Aquí te explicamos en qué consisten las residencias por arraigo y cómo puedes beneficiarte de ellas.

Arraigo social, Arraigo laboral, Arraigo para la formación

Tipos de Residencia por Arraigo

Existen cuatro tipos principales de residencia por arraigo en España, cada una dirigida a diferentes situaciones personales de las personas migrantes:

Arraigo Social:

  • Requisitos Principales:
    • Residencia Continuada: Haber residido en España de manera continuada durante al menos tres años.
    • Integración Social: Demostrar vínculos con la sociedad española, generalmente a través de un informe de integración social emitido por la Comunidad Autónoma correspondiente.
    • Contrato de Trabajo: Contar con una oferta de empleo de al menos un año de duración, a tiempo completo.
    • Ausencia de Antecedentes Penales: No tener antecedentes penales en España ni en los países anteriores de residencia en los últimos cinco años.
  • Procedimiento de Solicitud:
    • Presentar la solicitud en la Oficina de Extranjería con la documentación requerida, incluyendo pruebas de residencia continuada, informe de integración social, y contrato de trabajo.

Arraigo Laboral:

  • Requisitos Principales:
    • Residencia Continuada: Haber residido en España durante al menos dos años.
    • Relación Laboral: Haber mantenido una relación laboral de al menos seis meses.
    • Demostrar la Relación Laboral: A través de una resolución judicial o un acta de conciliación en el ámbito de la jurisdicción social, o mediante resolución administrativa confirmatoria del acta de infracción de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
  • Procedimiento de Solicitud:
    • Presentar la solicitud en la Oficina de Extranjería con la documentación requerida, incluyendo pruebas de residencia continuada y relación laboral.

Arraigo Familiar:

  • Requisitos Principales:
    • Vínculo Familiar: Ser padre o madre de un menor de nacionalidad española, o ser hijo de padre o madre que hubieran sido originariamente españoles.
    • Residencia y Vínculo: No se exige un tiempo mínimo de residencia, pero sí demostrar la convivencia con el familiar que otorga el derecho.
  • Procedimiento de Solicitud:
    • Presentar la solicitud en la Oficina de Extranjería con la documentación requerida, incluyendo pruebas del vínculo familiar.

Arraigo para la Formación

  • Requisitos Principales:
    • Residencia Continuada: Haber residido en España durante al menos dos años.
    • Realizar estudios: Comprometerse a realizar una formación orientada al empleo (SEPE), obtener un certificado de profesionalidad o una formación en la universidad.
  • Procedimiento de Solicitud:
    • Presentar la solicitud en la Oficina de Extranjería con la documentación requerida, incluyendo el formato de compromiso de estudios que realizará.