Si vives en España y aún no tienes tu permiso de residencia, el arraigo es una opción para ti.
El arraigo es una vía especial para obtener la residencia en España, destinada a personas extranjeras que han establecido vínculos sólidos en el país a través de diversos medios.
Este tipo de permiso reconoce las circunstancias personales y la integración de los solicitantes en la sociedad española. Aquí te explicamos en qué consisten las residencias por arraigo y cómo puedes beneficiarte de ellas.

Tipos de Residencia por Arraigo
Existen cuatro tipos principales de residencia por arraigo en España, cada una dirigida a diferentes situaciones personales de las personas migrantes:
Arraigo Social:
- Requisitos Principales:
- Residencia Continuada: Haber residido en España de manera continuada durante al menos tres años.
- Integración Social: Demostrar vínculos con la sociedad española, generalmente a través de un informe de integración social emitido por la Comunidad Autónoma correspondiente.
- Contrato de Trabajo: Contar con una oferta de empleo de al menos un año de duración, a tiempo completo.
- Ausencia de Antecedentes Penales: No tener antecedentes penales en España ni en los países anteriores de residencia en los últimos cinco años.
- Procedimiento de Solicitud:
- Presentar la solicitud en la Oficina de Extranjería con la documentación requerida, incluyendo pruebas de residencia continuada, informe de integración social, y contrato de trabajo.
Arraigo Laboral:
- Requisitos Principales:
- Residencia Continuada: Haber residido en España durante al menos dos años.
- Relación Laboral: Haber mantenido una relación laboral de al menos seis meses.
- Demostrar la Relación Laboral: A través de una resolución judicial o un acta de conciliación en el ámbito de la jurisdicción social, o mediante resolución administrativa confirmatoria del acta de infracción de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
- Procedimiento de Solicitud:
- Presentar la solicitud en la Oficina de Extranjería con la documentación requerida, incluyendo pruebas de residencia continuada y relación laboral.
Arraigo Familiar:
- Requisitos Principales:
- Vínculo Familiar: Ser padre o madre de un menor de nacionalidad española, o ser hijo de padre o madre que hubieran sido originariamente españoles.
- Residencia y Vínculo: No se exige un tiempo mínimo de residencia, pero sí demostrar la convivencia con el familiar que otorga el derecho.
- Procedimiento de Solicitud:
- Presentar la solicitud en la Oficina de Extranjería con la documentación requerida, incluyendo pruebas del vínculo familiar.
Arraigo para la Formación
- Requisitos Principales:
- Residencia Continuada: Haber residido en España durante al menos dos años.
- Realizar estudios: Comprometerse a realizar una formación orientada al empleo (SEPE), obtener un certificado de profesionalidad o una formación en la universidad.
- Procedimiento de Solicitud:
- Presentar la solicitud en la Oficina de Extranjería con la documentación requerida, incluyendo el formato de compromiso de estudios que realizará.
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